Ley 7/2017, de 27 de diciembre, de Participación Ciudadana de Andalucía.
El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) publica, en su edición de este viernes, 5 de enero de 2018, la Ley 7/2017, de 27 de diciembre, de Participación Ciudadana de Andalucía, que entrará en vigor dentro de doce meses.
Así lo indica la disposición final tercera de esta norma, que el Pleno del Parlamento andaluz aprobó el pasado 13 de diciembre y que precisa que "la presente ley entrará en vigor a los doce meses de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía".
Esta ley, que fue aprobada en la Cámara andaluza con los votos a favor de PSOE-A, PP-A, Podemos y Ciudadanos (Cs), y la abstención de IULV-CA, regula la ampliación del derecho de participación y de las fórmulas de gobierno abierto y transparencia ya recogidas en el Estatuto de Autonomía, posibilitando su ejercicio dentro de los límites del actual marco legislativo y haciéndolo extensible a los mayores de 16 años con vecindad en Andalucía.
La norma regula la participación ciudadana directa o a través de entidades en los procesos de elaboración de presupuestos; de proposición de políticas públicas y elaboración de normas; de evaluación, y consultas populares.
La posibilidad de participación en la elaboración de los presupuestos se prevé tanto para las cuentas públicas de la comunidad autónoma como para las de las administraciones locales, con el fin de que la ciudadanía pueda marcar prioridades sobre aspectos puntuales en las partidas de gasto.
El texto aprobado recoge también que los procesos de proposición de políticas públicas y elaboración de normas requerirán del apoyo mínimo de 20.000 firmas. La modalidad que se regula con mayor detalle es la de consultas populares, definidas como instrumentos para valorar los efectos reales de las actuaciones públicas o para orientar las decisiones sobre las mismas. Podrán llevarse a cabo mediante encuestas, audiencias públicas, foros de participación, paneles y jurados ciudadanos y consultas participativas.
Comentarios
Publicar un comentario